Cómo lidiar con el VIH en el lugar de trabajo

Comprensión de sus derechos al tiempo que preserva su buena salud a largo plazo

Con los avances en el tratamiento y la gestión del VIH , las personas ahora pueden tener vidas plenamente productivas, lo que incluye establecer metas a largo plazo tanto para usted como para su carrera profesional. Sin embargo, puede haber ocasiones en las que sienta que necesita tomarse un descanso por ausencia médica o si siente que su salud puede estar afectando su productividad diaria.

¿Cómo puede afectar esto su trabajo y la confidencialidad que prefiere mantener?

¿Hay protecciones que le permitan mantener su posición en el trabajo, así como su buena salud y bienestar? Hay ciertos hechos que toda persona que trabaja debe saber y consejos que uno puede seguir para garantizar la mejor atención médica mientras está en el trabajo.

Revelando su estado de VIH

Si usted no divulga su estado de VIH a su empleador es totalmente de usted. No tiene ninguna obligación legal de hacerlo. Y como el VIH no se transmite por contacto casual , no existe ningún riesgo de infectar a sus compañeros de trabajo.

Dicho eso, sopese los pros y los contras cuando considere la divulgación de información en el lugar de trabajo. En algunos casos, puede ser beneficioso para usted. Si se siente seguro con las personas con las que está trabajando, la respuesta entre sus colegas podría ser "nada importante".

Después de todo, la revelación es a menudo el primer paso para normalizar la enfermedad, lo que le permite centrarse en el panorama general, su vida y su futuro, en lugar de compartimentar el VIH en su propia caja pequeña.

Alternativamente, puede sentir que no le concierne a nadie, o que la salud, en general, no es algo que deba debatirse en el lugar de trabajo. Eso está bien, también.

Sin embargo, otros podrían decirle que tiene la obligación moral de informar a su empleador si tiene un trabajo en el que es posible la exposición a sangre o fluidos corporales.

Tal vez sea porque eres un cocinero manipulando alimentos, un asistente dental limpiando los dientes o un técnico de laboratorio extrayendo sangre. El simple hecho es que este tipo de creencias no solo están desactualizadas, sino que son ofensivas y reflejan el miedo y la ignorancia que perpetúan aún más el estigma y la discriminación del VIH .

La conclusión es que el riesgo de transmisión por estos medios es insignificante a nulo, con pocos, si corresponde, casos documentados de infección. Es similar a exigir que un taxista revele su epilepsia por temor a que ocurra una convulsión mientras está en el asiento trasero. Es simplemente una tontería.

También es ilegal que un empleador solicite o incluso solicite información sobre su estado de VIH. Si esto sucede o siente que se lo está obligando a divulgarlo, comuníquese con un grupo de defensa local o un abogado especializado en discriminación en el lugar de trabajo. Su línea regional de VIH / SIDA puede proporcionarle referencias.

Derechos del empleado

Pero, nuevamente, ¿qué sucede si se siente enfermo debido a una enfermedad relacionada con el VIH o tiene dificultades en el trabajo debido a una terapia prescrita o un efecto secundario del tratamiento? Si bien puede haber beneficios de divulgación, es más importante entender primero sus derechos como empleado.

En septiembre de 1994, Sidney Abbott visitó las oficinas del Dr. Randon Bragdon, un dentista que ejerce en Maine.

Esta visita de otra manera rutinaria eventualmente provocaría una controversia que terminaría ante los jueces de la Corte Suprema de los Estados Unidos.

De acuerdo con documentos judiciales, la Dra. Bragdon se negó a llenar la cavidad de la Sra. Abbott después de haber revelado que era VIH-positiva. Después de cuatro años de debate a menudo polémico, la Corte Suprema finalmente dictaminó que la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) amplió las protecciones a las personas que viven con el VIH. Y como resultado, ahora los empleadores están legalmente obligados a hacer "adaptaciones razonables" para sus empleados, incluidos aquellos con VIH.

Según la ADA, los empleadores deben dejar pasar el tiempo fuera del trabajo para buscar atención médica.

Además, los empleadores deben realizar adaptaciones razonables con respecto a la modificación del cronograma, permitir la reasignación a puestos vacantes que se ajusten mejor a las limitaciones de la persona y deben comprar equipos que le permitan a la persona desempeñar mejor su trabajo.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que si solicita una acomodación según la ADA, es probable que deba proporcionar documentación médica de su discapacidad. Ética y legalmente hablando, su médico no puede ocultar su estado de VIH si su discapacidad está directamente relacionada con el VIH.

Para obtener asesoramiento, comuníquese con su centro de servicio local Americans with Disabilities Act y obtenga más información sobre ADA, ya que se aplica a las personas que viven con el VIH .

Cobertura de salud basada en el trabajo

Muchos empleados ahora pueden obtener cobertura de seguro a través de sus empleadores, especialmente ahora que se exige a las empresas con 15 empleados o más que lo hagan en virtud de la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA) .

Antes de aceptar cualquier trabajo, infórmese sobre la cobertura de salud y solicite ver el manual de políticas del grupo. Esto es especialmente cierto cuando se trata de la cobertura de medicamentos recetados. En algunos niveles de cobertura, el copago por ciertos medicamentos antirretrovirales puede ser exorbitante. En tales casos, puede negociar un seguro de nivel superior, pagar la diferencia por un seguro de nivel superior o encontrar formas de asistencia de copago a través del fabricante de la droga.

Pero nuevamente, recuerde, no tiene que divulgar su estado de VIH en ninguna circunstancia a menos que elija hacerlo por su cuenta. Los empleadores tienen prohibido hacer cualquier consulta sobre su estado o hacer cualquier pregunta relacionada con la discapacidad según los términos de la ACA.

Fuentes:

Departamento de Justicia de los Estados Unidos (USDOJ). "Abbott v. Bradgon". Washington DC; 15 de enero de 2015.

USDOJ. "Texto actual de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 que incorpora los cambios realizados por la Ley de Enmiendas de ADA de 2008." 25 de marzo de 2009.

Jacobs, D. y Sommers, B. "Uso de drogas para discriminar: selección adversa en el mercado de seguros". New England Journal of Medicine. 29 de enero de 2015; 372: 379-402.